El Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) de Colombia ha expedido la Resolución 0115 de 2026, una actualización crucial a la ruta de manejo integral de la desnutrición aguda infantil en menores de cero a 59 meses. La norma, con un marcado foco territorial en los departamentos de La Guajira, Chocó y Vichada, busca reforzar la atención, el suministro de insumos y el seguimiento de esta problemática.
Uno de los cambios más significativos es la calificación de la atención de la desnutrición aguda moderada y severa como una atención de urgencias. Esto implica que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) e Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) deben garantizar una respuesta inmediata y sin requerimiento de autorización previa, priorizando la vida de los niños y niñas.
La Resolución también introduce la definición del riesgo de desnutrición aguda, clasificándolo antropométricamente con un puntaje Z entre -2 y -1 de desviación estándar para el indicador peso/talla, y establece su identificación prioritaria en los territorios focalizados para evitar su progresión a casos moderados o severos.
En cuanto al tratamiento terapéutico, la norma es enfática en las responsabilidades de EPS e IPS. Se ordena garantizar la entrega inmediata de la Fórmula Terapéutica Lista para el Consumo (FTLC), un alimento de propósito médico especial financiado con recursos de la UPC, para el manejo ambulatorio y hospitalario, asegurando la cantidad suficiente hasta el próximo control. Para la estancia hospitalaria, se exige la disponibilidad de las fórmulas F-75 y F-100.
Además, se actualizan las definiciones clínicas, incluyendo el criterio de recuperación nutricional (puntaje Z igual o mayor a -1) y la categoría de “niños sin ganancia de peso efectiva con lactancia materna”.
La medida busca hacer frente a las cifras de prevalencia y mortalidad, con el objetivo de reducir la tasa de muertes a 5 por cada 100.000 menores de cinco años para 2031, según el Plan Decenal de Salud Pública. Los actores del sistema de salud disponen de un plazo máximo de un mes para implementar los ajustes operativos, administrativos y técnicos que garanticen el cumplimiento de la nueva directriz.
